Productos seguros y de calidad para el consumo

“Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características”

Los bienes y servicios de producción ecuatoriana y los que se importan al país, deben cumplir con estándares y normas de calidad, ser evaluados en contenido y características y reunir los requisitos por ley para poder ser aptos para el consumo humano y ser comercializados. Así lo dispone la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 52: “Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características.

La Ley establecerá los mecanismos de control de calidad y los procedimientos de defensa de las consumidoras y consumidores; y las sanciones por vulneración de estos de estos derechos, la reparación e indemnización por deficiencias, daños o mala calidad de bienes y servicios, y por la interrupción de los servicios públicos que no fuera ocasionada por caso fortuito o fuerza mayor”.

En cumplimiento a esta disposición, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad vigente a partir de febrero de 2007 señala en el artículo 31 que: “Previamente a la comercialización de productos nacionales e importados sujetos a reglamentación técnica, deberá demostrarse su cumplimiento a través del certificado de conformidad expedido por un organismo de certificación acreditado en el país, o por aquellos que se hayan emitido en relación a los acuerdos vigentes de reconocimiento mutuo con el país”.

El Organismo de Acreditación Ecuatoriano, es la entidad técnica que verifica la validez de estos certificados de conformidad para bienes o productos sujetos a reglamentación técnica, que deben ser otorgados por entidades acreditadas por los organismos de acreditación firmantes de los Acuerdos de Reconocimiento Internacional con el Foro Internacional de Acreditación (IAF) y la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (ILAC) de los cuales el OAE es firmante a partir de 2011.

Una vez que se ha demostrado el cumplimiento con el Reglamento Técnico Ecuatoriano (RTE) y que el OAE ha verificado la validez del certificado de conformidad, se emite el certificado de reconocimiento por el INEN.

Cumplir con la reglamentación técnica ecuatoriana vigente y con estándares de calidad internacionales, garantizan que los productos que ingresan al país sean seguros.


 

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