Comisión de Partes

El SAE conformó por primera vez en 2010 la Comisión de Partes a fin de garantizar que sus actividades se encuentren en conformidad con los requerimientos de la Norma ISO/IEC 17011 y garantizar su operación imparcial, independiente y competente.

Actualmente el SAE reactiva este mecanismo con el PI03 Procedimiento Interno de Funcionamiento de la Comisión de Partes, incluyendo requisitos de la ISO/IEC 17011:2017; donde se describe las obligaciones, estructura y funcionamiento de la Comisión de Partes.

 

La Comisión de Partes es un órgano colegiado del SAE que velará la imparcialidad, gestión de conflictos de intereses, aseguramiento de objetividad, transparencia, percepción pública, confidencialidad e independencia de las actividades del organismo.

Dentro de sus responsabilidades se encuentra:

a)  Vigilar que en las actividades que desarrolla el SAE no se ofrezcan servicios de consultoría o evaluación de la conformidad, en razón que estas actividades amenazan la imparcialidad, el aseguramiento de la objetividad y generan conflictos de interés de los servicios de acreditación;

b)  Vigilar que todas las actividades relacionadas con el proceso de acreditación se realicen con imparcialidad, independencia, transparencia, confidencialidad, sin discriminación y tomando en consideración la percepción pública;

La Comisión de Partes estará integrada por:

  1. Un (1) representante por cada uno de los Ministerios que conforman el Comité Interministerial de la Calidad;
  2. Un (1) representante por los organismos de evaluación de la conformidad, Área Laboratorios;
  3. Un (1) representante por los organismos de evaluación de la conformidad, Área Certificación;
  4. Un (1) representante por los organismos de evaluación de la conformidad, Área Inspección;
  5. Dos (2) representantes por las Federaciones Nacionales de las Cámaras de: Producción, Comercio, Industrias, Artesanos, Microempresa, Exportadores, Pequeña Industria y Turismo;
  6. Un (1) representante por las asociaciones de consumidores legalmente conformadas;
  7. Un (1) representante por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación SENESCYT; y,
  8. Dos (2) representantes por las universidades acreditadas.

La Comisión de Partes se reunirá semestralmente para realizar la consulta y aconsejar sobre las cuestiones que afecten a la imparcialidad, incluyendo transparencia y percepción pública; para lo cual se revisar y aprobar la información pertinente presentada por la Dirección Ejecutiva del SAE.